México obliga a plataformas a verificar la edad

México obliga a plataformas a verificar la edad

El decreto de Sheinbaum exige verificar la edad y concede 30 días para informar medidas de protección infantil.

Por Humberto Toledo el 15 de octubre del 2026 a las 5:27 am PDT

✨︎ Resumen (TL;DR):

  • Claudia Sheinbaum firmó un decreto que obliga a las plataformas digitales a proteger a menores de contenidos dañinos.
  • El artículo 4 exige mecanismos confiables para comprobar la edad, más allá de la autodeclaración, y fija 30 días naturales para documentar e informar las medidas adoptadas.
  • Las cuentas nuevas deberán activar la privacidad y seguridad más estrictas; las plataformas también tendrán que retirar de inmediato cuentas o publicaciones que inciten o generen violencia.

La presidenta Claudia Sheinbaum firmó el 14 de octubre de 2026 un decreto que obliga a redes sociales, videojuegos, tiendas de aplicaciones y otros servicios digitales a verificar la edad de sus usuarios y reforzar la seguridad desde el diseño para proteger a menores de contenidos dañinos. El decreto entró en vigor ese mismo día y concede 30 días naturales para documentar e informar las acciones implementadas.

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Acercamiento de un smartphone mostrando el logotipo de la aplicación TikTok sobre un fondo de teclado oscuro.
Foto: Geri Tech / Pexels

La autodeclaración ya no basta

El artículo 4 exige mecanismos confiables y seguros para identificar la edad de los usuarios. La edad declarada ya no basta: las empresas deberán aplicar mecanismos que vayan más allá de la autodeclaración.

La verificación de edad es un mecanismo de seguridad que identifica la edad del usuario sin depender únicamente de lo que declara al registrarse. El alcance no termina en el acceso. La protección también cubre la exposición y la recomendación de los contenidos señalados por la norma.

Cuando una persona abre una cuenta nueva, el servicio deberá activar las configuraciones de privacidad y seguridad más estrictas disponibles. La obligación alcanza el registro y la configuración inicial, además de la forma en que la plataforma expone y recomienda contenido.

Supervisión parental y reportes de riesgo

Según la explicación oficial difundida por la Subsecretaría de Educación Básica, las plataformas deberán ofrecer supervisión parental y herramientas accesibles para reportar cuentas o publicaciones de riesgo.

Las restricciones abarcan, entre otros contenidos:

  • Acoso.
  • Violencia sexual.
  • Extremismo violento.
  • Promoción de autolesiones.

Las empresas también deberán retirar de inmediato las cuentas o publicaciones que inciten o generen violencia. La norma les exige mantener contacto permanente con las autoridades investigadoras y preservar la evidencia relevante.

El decreto ya está vigente y el reporte llega en 30 días

Los transitorios establecen que el decreto entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 14 de octubre de 2026. Los 30 días naturales no retrasan la entrada en vigor: sirven para documentar e informar las acciones implementadas.

Luisa María Alcalde, consejera jurídica del Ejecutivo federal, explicó que las plataformas habían solicitado ese periodo para ajustar sus sistemas, según el comunicado difundido por la SEP. El Gobierno también anunció que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones dará seguimiento al cumplimiento.

El régimen de sanciones todavía está pendiente

El decreto establece obligaciones para las plataformas, pero carece de un régimen específico de sanciones. Sheinbaum advirtió que, si las empresas incumplen, su Gobierno impulsaría una ley que incorpore sanciones.

La Consejería Jurídica deberá instalar una mesa de trabajo con las dependencias competentes para elaborar propuestas regulatorias que refuercen la protección de menores en los servicios digitales. La discusión sobre las sanciones sigue abierta, pero la verificación de edad y las medidas de seguridad para las cuentas nuevas ya forman parte de las obligaciones vigentes.

Fuentes: 1, 2, 3, 4

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